REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 22 de febrero de 2013
Años 202º y 153º
ASUNTO: AP21-L-2012-004721
PARTE ACTORA: ALEXSON ARTURO ESPINOZA AGUILAR
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: EL MISMO
PARTE DEMANDADA: JUNTA DE CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL VILLA SOLAR
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: EDGAR SARCOS Y RAMON A. DÍAZ HENRIQUES
MOTIVO: PRONUNCIAMIENTO SOBRE HOMOLOGACIÓN DE TRANSACCIÓN PRESENTADA
I
Encontrándose el presente asunto en fase de mediación, se declaró el desistimiento del procedimiento, debido a la incomparecencia de la parte actora ALEXSON A. ESPINOZA A., pero antes de transcurrir el lapso de cinco (5) días hábiles, luego de haberse dictado la decisión antes mencionada, las partes presentaron ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, escrito transaccional, el cual se procedió a revisar, en atención a la intención de estos en resolver el conflicto planteado entre ellos y en uso de los medios alternos de resolución de conflictos, previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, observándose que cumple con los extremos del artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras, al:
1. Presentarse por escrito;
2. Contener una relación circunstanciada de los hechos que la motivaron y del derecho contenido en ella.
3. Contener recíprocas concesiones.
4. Encontrarse las partes debidamente representadas de abogados.
5. Darse voluntariamente, sin coacción y;
6. Adicionalmente a lo anterior, acordarse el pago de Bs. 25.000,00, por los conceptos demandados y presentarse copia del cheque entregado al trabajador.
De acuerdo a lo anterior, este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas HOMOLOGA con fuerza de cosa juzgada la transacción presentada por el ciudadano ALEXSON ARTURO ESPINOZA AGUILAR y LA JUNTA DE CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL VILLA SOLAR.
La Jueza
Abg. Milagros Jiménez
El Secretario
Abg. Rafael Flores
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