Asunto AP41-U-2011-000507 Sentencia Interlocutoria Nº 026/2013
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 20 de febrero de 2013
202º y 154º
Vista la diligencia suscrita en fecha 19 de febrero de 2013, por la ciudadana Eris Coromoto Villegas, suficientemente identificada en autos, actuando en su carácter de apodera judicial del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), en ocasión al recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil HOTEL ESCORPIO 2003, C.A, mediante la cual consiga el deposito número 039694916, de fecha 06 de diciembre de 2012, por la cantidad de Doce Mil Quinientos Cuarenta Bolívares Con Sesenta Céntimos (Bs. 12.540,00), relativo al pago realizado por la recurrente, a los fines de dar cumplimiento a la sentencia definitiva número 030/2012, dictada por este Tribunal en fecha 17 de mayo de 2012. Al respecto, este Órgano Jurisdiccional, luego de revisar el referido documento HOMOLOGA el pago de la obligación tributaria y ordena el archivo del expediente en su oportunidad legal correspondiente.
Se imprimen dos ejemplares bajo un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación del presente fallo, el segundo para que repose en original en el copiador de sentencias de este Tribunal.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los veinte (20) días del mes de febrero de dos mil trece (2013).
El Juez,
Raúl Gustavo Márquez Barroso.
La Secretaria,
Bárbara Luisa Vásquez Párraga
Asunto AP41-U-2011-000507
RGMB/blvp
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