REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintiocho (28) de febrero de dos mil trece (2013)
202º y 154º

De la revisión de las actas que conforman el expediente, se observa que el entonces Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo De la Circunscripción Judicial del Estado Aragua), en fecha 22 de mayo de 2008, declaró la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la presente causa, interpuesta por la ciudadana MIGDALIA TORREALBA, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO, no quedando alguna otra actuación por realizar por parte de este Órgano Jurisdiccional, en consecuencia, declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (1) pieza contentivo de veinte (20) folios, incluido este auto.

El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA



El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN








Exp. Nº JE41-G-2005-000082
RADZ/RJRF/mpgn