REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSÉ FÉLIX RIBAS
JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.-
Tucupido, 28 de Febrero de 2.013.-
202° y 153°
Vista la diligencia que antecede, introducida y suscrita por la ciudadana: CINDY JOSEFINA ANDRADE GUACARAN, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de las cedula de identidad Nº V- 12.362.278, en su carácter de autos, asistida del abogado LUIS MORALES ZAMBRANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 127.962, el pedimento contenido en ella la admite cuanto ha lugar en derecho; en consecuencia revisadas las actuaciones procesales que conforman y constituyen la presente solicitud signada con el Nº 5.669-13, observa al folio 72, acto de fecha 06 de Febrero de 2013, donde siendo la oportunidad legal correspondiente para que tuviera lugar el acto de Reconocimiento en contenido y firma de documento privado cursante en autos (f. 2 y 3, respectivamente), donde siendo el acto legal correspondiente para que tuviera lugar el Reconocimiento en Contenido y firma de dicho instrumento cambiario, no hicieron acto de presencia los accionados: AMINTA JOSEFINA GUACARAN TORREALBA, CARMEN DE LOURDES GUACARAN DE ANDRADE, TERESITA DOLORES GUACARAN DE ARRUEBARRENA, JOSE RAFAEL GUACARAN TORREALBA , ENILDE COROMOTO GUACARAN DE CORREA, DUMAS ALI ANDRADE ARMAS, RODOLFO ARRUEBARRENA ARRUEBARRENA, JOSEFA ROBLES DE GUACARAN y EMILIO ALFONZO CORREA LEDEZMA .- En consecuencia este Tribunal , por ser procedente en derecho, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara Reconocido en su contenido y firma , con fuerza ejecutiva ,el referido documento de compra venta, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 631 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda devolver al solicitante original con sus resultas.-
El Juez Provisorio;
Abg. Vicente Ramòn Vivas Briceño
La Secretaria Titular;
Abg. Dayris Arvelàez Ramos
En esta misma fecha, se devuelve original con lo actuado al solicitante como fue acordado.-
La Secretaria Titular;
Abg. Dayris Arvelàez Ramos.-
Solicitud Nº 5669-13.-
VRVB/Dayris