REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Noveno (19º) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintitrés (23) de julio de dos mil trece (2013)
202º y 154º
ASUNTO: AP21-S-2013-001766
Visto el anterior escrito de transacción, suscrita por el abogado JESUS LEOPOLDO, IPSA Nº 97.802, en su carácter de apoderado Judicial de “INVERSIONES FUKUSHIMA 2009, C.A..”, parte oferente, en el presente proceso, y el ciudadano LEONEL ANTONIO BOSCAN, titular de la cedula de identidad N° V-21.759.425, parte oferido, debidamente asistido en este acto por la abogada: MARIA DIAZ IPSA Nº 206.096, mediante el cual celebran Transacción a los fines de dar por terminado el presente asunto, y en tal sentido, consignan copia simple de un (01) cheque de Gerencia identificado con el N° 16172539, emitido del BANCO BANESCO, BANCO UNIVERSAL, por la cantidad de CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLIVARES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 5.446,54), lo que alcanza la totalidad de la suma transada entre las partes.
En consecuencia, este Juzgado, en virtud que la Transacción celebrada no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y las Trabajadoras y artículos 10 y 11 del Reglamento de dicha Ley, le imparte su le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, por la cantidad de CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLIVARES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 5.446,54), y las partes llegaron a un acuerdo transaccional por la misma cantidad, de igual manera se deja constancia que la presente transacción fue homologada en fase de Sustanciación.-
De igual manera, se deja constancia que se dejará correr un lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha, a los fines de dar por Terminado el presente asunto y ordenar su Archivo definitivo. CÚMPLASE
La Juez
El Secretario
Abg. Jhacnini Torres
Abg. Orlando Reinoso
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