REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER CON COMPETENCIA DE REENVIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y EN MATERIA DE REENVIO EN LO PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 03 de julio de 2013
203º y 154º
Ponenta: Jueza Presidenta Abogada Renée Moros Tróccoli
Asunto Nº CA- 1561-13 VCM
Resolución Judicial Nro. 215-13
En fecha 16 de mayo de 2013, fue interpuesto recurso de apelación por parte de la abogada Giovanna Lander Salazar, Defensora Pública Segunda con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer, contra la decisión dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medias de este Circuito Judicial Penal y sede, mediante el cual en fecha 13 de mayo del 2013, decretó la medida de privación judicial de libertad contra el ciudadano Rondón Márquez Edgar Alexander, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 numerales 1,2 y 3, artículo 237 numeral 3 y parágrafo primero y artículo 238 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.
Vistos: La Corte a fin de resolver sobre la admisibilidad del recurso observa:
Único
La recurrenta está legitimada según consta en actas; el recurso de apelación se interpuso en tiempo hábil y la decisión es recurrible a tenor de lo pautado en el artículo 439 numeral 4 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por lo que lo procedente y ajustado a Derecho es declararlo admisible. Y así de decide.-
Asimismo, se observa con relación a la contestación al recurso de apelación que la Representante de Fiscalía Centésima Cuarta del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, no consignó contestación, tal y como se desprende del cómputo inserto al folio 148 del presente cuaderno de apelación.
DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer y en Materia de Reenvio en lo Penal del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
Admite el recurso de apelación interpuesto la abogada Giovanna Lander Salazar, Defensora Pública Segunda con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer, contra la decisión dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medias de este Circuito Judicial Penal y sede, mediante el cual en fecha 13 de mayo del 2013, decretó la medida de privación judicial de libertad contra el ciudadano Rondón Márquez Edgar Alexander, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 numerales 1,2 y 3, artículo 237 numeral 3 y parágrafo primero y artículo 238 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, déjese copia y Cúmplase.-
LA JUEZA PRESIDENTA,
ABOGADA RENÉE MOROS TRÓCCOLI
(Ponenta)
LAS JUEZAS INTEGRANTES,
ABOGADA NANCY ARAGOZA ARAGOZA
OTILIA CAUFMAN
LA SECRETARIA,
ABOGADA KARLA MARTÍNEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,
ABOGADA KARLA MARTÍNEZ
NAA//RMT/OC/km/pdga/rmt.-
Asunto N° CA-1561-13 VCM