REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, primero (1ro) de julio de dos mil trece (2013)
203º y 154º

De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que este Juzgado Superior, en fecha 08 de octubre de 2012 dictó sentencia declarando SIN LUGAR el presente recurso, las partes no ejercieron recurso de apelación y el aludido fallo se encuentra definitivamente firme, en la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana MARÍA ESTEFANA GALINDO contra la CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO GUÁRICO. No quedando alguna otra actuación por realizar este Órgano Jurisdiccional declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (1) pieza contentiva de ciento cincuenta y dos (152) folios, incluido este auto.

El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA



El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN




Exp. Nº JE41-G-2011-000002
RADZ/RJRF/ mpgn