REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diez (10) de julio de dos mil trece (2013)
203º y 154º

Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente se evidencia que en fecha 1 de octubre de 2012 este Juzgado ordenó librar oficios, boleta y comisión a las partes en acatamiento al fallo de fecha 28 de junio de 2012 mediante la cual la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo ordenó reponer la causa al estado de que el Juzgado A quo realizara las actuaciones necesarias para notificar a las partes, en virtud del recurso de apelación interpuesto.
Por otro lado, en auto de fecha 02 de abril de 2013 este órgano jurisdiccional ordenó remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo por cuanto se constatan todas las notificaciones ordenadas.
En tal sentido, en fecha 2 de julio de 2013, se recibió en este Tribunal resultas de la comisión proveniente del Juzgado de Municipio Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, para la referida fecha se evidencia que el asunto se encontraba en el órgano Ad quem, y se registró su reingreso en fecha 8 de julio de 2013. Aunado a lo anterior este Juzgado ordena agregar al presente asunto las referidas resultas formando folios útiles.
El Juez



ABG. RAFAEL A. DELCE ZABALA

El Secretario



ABG. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN




Exp. Nº JE41-G-2009-000137
RADZ/RJRF/ygrr