REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diez (10) de julio de dos mil trece (2013)
203º y 154º


De una revisión exhaustiva de las actas que conforman el expediente se advierte que el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua admitió la presente causa en fecha 22 de septiembre de 2010 y ordenó notificar a las partes, omitiendo librar el oficio correspondiente al Fiscal Superior del estado Guárico, en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto, conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, por el ciudadano Héctor CAICEDO RODRÍGUEZ (INPREABOGADO Nº 63.655) en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT contra la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES GUÁRICO Y APURE, adscrita al INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL).
Se advierte además, que este Juzgado se abocó al conocimiento del presente asunto en fecha 19 de septiembre de 2012 y que constan en autos las notificaciones de las partes respecto al aludido abocamiento. En virtud de ello, este Juzgado ordena notificar de la admisión del presente recurso a la Fiscalía Superior del estado Guárico y una vez conste en autos su notificación, la causa se reanudará al estado de fijar la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio. Líbrese oficio.

El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA

El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN


Exp. Nº JE41-G-2010-000092
RADZ/RJRF/eryh