REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dieciséis (16) de julio de dos mil trece (2013)
203º y 154º

Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente se advierte que el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua mediante auto de fecha 15 de marzo de 2011 ordenó notificar a las partes de la sentencia dictada por el aludido Juzgado en fecha 28 de junio de 2010 la cual declaró DESISTIDO el recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil SERVICIOS LLASHAG, C.A. (SERVILLAG) contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO GUÁRICO. Se advierte además, que en fecha 17 de octubre de 2012 este Juzgado se ABOCÓ al conocimiento de la presente causa y que el 26 de marzo de 2013 la ciudadana Olivia Páez en su carácter de alguacil del Juzgado Segundo de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal del estado Guárico consignó la boleta por cuanto resultó infructuosa la notificación de la ciudadana FRANCA PINA SERINO NANNI, en su carácter de tercero interesado, en virtud de lo cual se ordena su notificación a través de la publicación de la respectiva boleta, en la cartelera de este Juzgado, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente según lo previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese boleta.
El Juez,




Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,




Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN

Exp. Nº JE41-G-2003-000011
RADZ/RJRF/eryh