REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veintidós (22) de julio de dos mil trece (2013)
203º y 154º
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de Circunscripción Judicial del estado Aragua, en fecha 26 de enero de 2012 dictó sentencia declarando LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PÉRDIDA DEL INTERÉS en el presente recurso, en fecha 18 de septiembre de 2012 este Juzgado Superior dictó auto mediante el cual se ordenó notificar a las partes de la aludida decisión, en el recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil SOCODEC DE VENEZUELA contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE SAN JUAN DE LOS MORROS DEL ESTADO GUÁRICO. No quedando alguna otra actuación por realizar este Órgano Jurisdiccional declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (1) pieza contentiva de treinta (30) folios, incluido este auto.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2010-000095
RADZ/RJRF/ mpgn