REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintinueve (29) de julio de dos mil trece (2013)
203º y 154º

Vista la diligencia de fecha 25 de julio de 2013 consignada por el abogado Juan REYES LOZANO (INPREABOGADO Nº 45.387), en su carácter de apoderado judicial de la parte querellante por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Juzgado, mediante la cual expuso “En la oportunidad con el objeto de solicitar al ciudadano Juez que NOTIFIQUE al Síndico Procurador Municipal del Municipio Las Mercedes del Llano de la sentencia dictada por la Corte Primera Contenciosa Administrativa…”que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la QUERELLA FUNCIONARIAL interpuesta por la ciudadana EUNICE CAROLINA MOTA contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LAS MERCEDES DEL LLANO DEL ESTADO GUÁRICO.
No obstante, este Órgano Jurisdiccional advierte, que en fecha 28 de junio de 2013 se libraron las notificaciones a la parte querellante y al Síndico Procurador del Municipio Las Mercedes del Llano del estado Guárico, de conformidad con lo establecido en el artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, y todavía no han sido consignadas las resultas de dicha notificación al presente asunto.
En virtud de ello resultaría inoficioso librar nueva notificación al mencionado representante judicial del órgano querellado, por tanto se niega la solicitud del apoderado judicial actor.
El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA

El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2010-000099
RADZ/RJRF/eryh