REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, treinta y uno (31) de julio de dos mil trece (2013)
203º y 154º
Vista la decisión dictada en fecha 02 de noviembre de 2010 por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, mediante la cual declaró la INADMISIBILIDAD de la demanda por daños y perjuicios interpuesta por el ciudadano Luís Ramón HIDALGO actuando en su nombre y a su vez en representación judicial de la ciudadana BEATRIZ RAMONA ARANGUREN ALVARADO contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO y ordenó notificar de la referida decisión a la parte querellante, este Órgano Jurisdiccional, por cuanto no consta la aludida notificación y en acatamiento a dicho fallo ordena cumplir lo ordenado. Líbrense boleta.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2010-000068
RADZ/RJRF/mpgn