REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSÉ FÉLIX RIBAS


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
GUARICO.


Tucupido, Cuatro (04) de Julio de 2.013.
203° y 154°

SOLICITANTE: CLARIBEL MACHADO.-
MOTIVO: SOLICITUD DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-
SOLICITUD: Nº 5.819-2013.-

Visto el escrito que encabezan estas actuaciones mediante el cual la ciudadana CLARIBEL MACHADO, venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil, titular de la Cèdula de Identidad Nº V- 8.557.267, en su nombre propio y de las ciudadanas: DAYANARA CLARET, ROSAGEL CAROLINA y SORANGEL CAMPOS MACHADO, venezolanas, mayores de edad, solteras, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 14.056.054, V- 14.056.055 y V- 15.549.643, respectivamente; debidamente asistidas en este acto por el abogado JOSÉ GREGORIO ORTEGA CONTRERAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 62.764, donde solicita sean declaradas como Únicas y Universales Herederas del difunto INSARDI RAFAEL CAMPOS, venezolano, mayor de edad, soltero, obrero, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.558.202, domiciliado en el Sector El Tobogán, Calle Pérez Rengifo, Casa s/n de esta localidad de Tucupido, Municipio José Félix Ribas del Estado Guárico, quién muriò el 06 de Junio de 2.013, en esta localidad de Tucupido, Municipio José Félix Ribas del Estado Guárico, cumplida la publicación ordenada y visto los recaudos acompañados, así como la declaración de los testigos ciudadanos MARIBEL TIAPE RONDON y MARIA CUSTODIA LIMA, quienes manifestaron conocer suficientemente de vista trato y comunicación desde hace varios años a las ciudadanos CLARIBEL MACHADO, venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil, titular de la Cèdula de Identidad Nº V- 8.557.267, en su nombre propio y de las ciudadanas: DAYANARA CLARET, ROSAGEL CAROLINA y SORANGEL CAMPOS MACHADO, que igualmente conocieron al difunto ISNARDI RAFAEL CAMPOS, que les consta que el difunto mencionado falleció en esta localidad de Tucupido, Municipio José Félix Ribas del Estado Guàrico, el día 06 de Junio de 2.013, a consecuencia de FALLA MULTIORGANICA, INESTABILIDAD MIOCARDICA, METASTASIS PLEURAL Y OSE, ADENOCARCINOMA PROSTATICO; que les consta que el difunto tuvo como último domicilio esta ciudad de Tucupido Municipio Josè Fèlix Ribas del Estado Guárico; que les consta que los solicitantes son las únicas herederas del difunto ISNARDI RAFAEL CAMPOS y que no tuvo otra cónyuge y otros hijos; que les consta lo antes dicho por conocer suficientemente a los solicitantes. El Tribunal dejando a salvo los derechos de terceras personas, dadas las atribuciones conferidas a los Tribunales de Municipio mediante resolución Nº 2.009-0006, de fecha 18 de Marzo de 2.009, en su Artículo 3, y publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela en fecha 02 de Abril de 2.009, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley y de conformidad con lo previsto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara conforme a los autos a las ciudadanas: CLARIBEL MACHADO, DAYANARA CLARET, ROSAGEL CAROLINA y SORANGEL CAMPOS MACHADO como UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del difunto ISNARDI RAFAEL CAMPOS.- Déjese constancia en el libro diario. Déjese copia certificada de las presentes actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales a los solicitantes, y se le expidan tres (3) juegos de copias de la presente solicitud.-
El Juez Provisorio;


Abg. Vicente Ramòn Vivas Briceño. La Secretaria;

Abg. Dayris Arvelàez Ramos.-
Seguidamente se devuelve constante de ( ) folios útiles a la solicitantes como fue acordado.-
La Secretaria;

Abg. Dayris Arvelàez Ramos.


Solicitud Nº 5.819-13.
VRVB/DAR/mildred.-