Fue recibida en este Despacho la presente solicitud de INTERDICCIÓN CIVIL, previa distribución de ley, realizada por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, presentada por la abogada MARÍA VIRGILIA FERNANDEZ COLMENARES, manifestando actuar en carácter de FISCAL NONAGESIMA SEXTA (96°) DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, mediante la cual solicita se decrete la INTERDICCION de la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX.
En el escrito de solicitud, manifestó la abogada MARÍA VIRGILIA FERNANDEZ COLMENARES, que ante su despacho compareció el ciudadano RAFAEL ENRIQUE MARTÍNEZ OCTAVIANO, titular de la Cédula de Identidad N° V-998.911, indicándole que de su unión con ENRIQUETA GREZOUX DE MARTÍNEZ, quien en vida fuera titular e la Cédula de Identidad N° V-3.726.409, fue concebida su hija, CARMEN MARGOT MARTÍNEZ GREZOUX, actualmente con cuarenta y siete (47) años de edad, y que fue diagnosticada como autista.
Que el referido ciudadano, solicitó la interdicción de su hija CARMEN MARGOT MARTÍNEZ GREZOUX, e indicó que ésta padece de epilepsia parcial compleja, y que quiere ejercer la representación de la ciudadana CARMEN MARGOT MARTÍNEZ GREZOUX y poder tramitar la pensión de sobreviviente a través del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, por lo que la referida representante del Ministerio Público acordó pasar el caso al conocimiento del Tribunal.
Que por lo antes expuesto solicita la apertura del procedimiento de interdicción de la ciudadana CARMEN MARGOT MARTÍNEZ GREZOUX y que se nombre como tutor interino de la referida ciudadana al ciudadano RAFAEL ENRIQUE MARTÍNEZ GRAZOUX, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.090.311.
Señaló como parientes inmediatos de la ciudadana CARMEN MARGOT MARTÍNEZ GREZOUX, a los ciudadanos 1) BLANCA MARGARITA ROJAS DE MARTÍNEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-2.110.608, 2) OSCAR RAFAEL MARTÍNEZ ROJAS, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.816.936, 3) ATILIO ENRIQUE MARTÍNEZ ROJAS, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.912.218 y 4) REBECA INOCENCIA RIOS GREZOUX, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.350.218.
Fueron acompañados junto al referido escrito los siguientes recaudos probatorios:
- Copia certificada de acta de nacimiento N° 379, expedida el 19 de enero de 2012, por el Registro Civil de la Parroquia Candelaria, Municipio Libertador, Distrito Capital, de la que se evidencia que en fecha 10 de febrero de 1965, fue presentada ante la Jefatura Civil de la Parroquia La Candelaria, Departamento Libertador del Distrito Federal, una niña hembra de nombre CARMEN MARGOT, nacida el 2 de febrero 1965, hija del ciudadano RAFAEL ENRIQUE MARTÍNEZ OCTAVIANO, casado, de treinta años de edad, natural de Caracas, y de su cónyuge, ciudadana ENRIQUETA GREZOUX, casada, de veintisiete años de edad, natural de Caracas.
- Copia simple de copia certificada expedida en fecha primero de octubre de 2011, por el Registro Civil del Municipio Baruta, Estado Miranda, de la cual se evidencia que en fecha 30 de septiembre de 2011, falleció ENRIQUETA GREZOUX DE MARTÍNEZ, que tenía 71 años de edad, y que en vida era titular de la Cédula de Identidad N° 3.726.409, casada con el ciudadano RAFAEL ENRIQUE MARTÍNEZ OCTAVIANO, titular de la Cédula de Identidad N° 998.911, y que dejaba dos hijos, de nombres RAFAEL ENRIQUE MARTÍNEZ GREZOUX y CARMEN MARGOT MARTÍNEZ GREZOUX.
- Informe psicológico de aula especial, emanado de la Asociación Venezolana para Niños con Dificultades de Aprendizaje, correspondiente a la ciudadana CARMEN MARGOT MARTÍNEZ GREZOUX, suscrito por la psicóloga MARIELA B. de BARNOLA, con fecha de elaboración 11 de julio de 1977, en el que hace constar que la ciudadana CARMEN MARGOT MARTÍNEZ GREZOUX, de 12 años de edad, había sido previamente diagnosticada como autista, presentando severos transtornos de conducta que se manifiestan así:
LENGUAJE: Vocabulario pobre con frases cortas que le permiten expresar lo que desea en un momento determinado.
AISLAMIENTO: Retraimiento en el contacto e incapacidad para establecer relaciones personales adecuadas.
MANERISMOS: Acentuados tanto corporales como faciales, manifestándose en manías, tics y movimientos extraños.
ACTIVIDAD MOTORA: Torpe, tanto fina como gruesa.
Por último indicaron que venía presentando problemas relacionados con la falta de control vesical y un problema de salivación.
- Informe médico emanado de la Unidad Clínica Esmeralda, Consultorio de Neurología, Electroencelografía y Psicología, suscrito por el doctor Gustavo Leal, realizado en fecha 18-5-1993, a la ciudadana CARMEN MARGOT MARTÍNEZ GREZOUX, en el que se dejó constancia que la referida ciudadana ya no asiste al Instituto correspondiente, que se queda en casa y a veces ayuda con las tares domesticas. Que la madre manifestó que la paciente presenta tres manifestaciones: de 3 a 5 días antes del período menstrual, se altera; una vez que se inicia el período menstrual cae en estado de sopor, como recuperando el sueño perdido, y así permanece tranquila durante 5 a 7 días; y que en la tercera etapa permanece tranquila, para luego en unos días repetir el mismo ciclo. Que se han disminuido las crisis de vómitos, y fue atendida por el doctor Römer, quien descartó factor gástrico alguno, interpretados como posible equivalente al ataque convulsivo.
Que el gráfico realizado no sufrió cambio desfavorable respecto a los previos y persiste actividad de amplitud deprimida, presente permanentemente en el trazado y en todas las derivaciones y que es menos marcada la asimetría posterior izquierda.
Que tampoco en el grafico ocurren descargas paroxísticas epilépticas, ni manifestaciones bioeléctricas encefálicas propias de cuadro agudo cerebral.
- Resumen de historia clínica de la ciudadana CARMEN MARGOT MARTÍNEZ, emanado en la Unidad Clínica la Esmeralda, suscrito por el doctor Gustavo Leal, en la que se dejó constancia que la referida ciudadana, fue vista inicialmente el 29-6-77, para EEG, y se le practicó grafico y se concluyó como anormal, inespecífico por mostrar patrones hípnicos inducidos, inapropiados.
Que consultó nuevamente el 2-11-81, con el diagnostico de autismo; acudiendo a consulta para EEG por haber sufrido el 29-9-81, un cuadro vertiginoso, con mareo, pérdida el conocimiento y el tono postural.
Que permaneció en la Asociación Venezolana para niños con Dificultades de Aprendizaje hasta el año 1978, y hubo mejoría de su estado con terapia de modificación de conducta.
Que el examen clínico mostró estado neuromuscular sin alteraciones localizadas; llamando la atención un estado muscular en el cual destacó una especie de blandura de las masas que determinaban una plasticidad que recordaba la plastilina.
Que no ocurrió activida paroxística epilectica ni manifstaciones bioeléctricas propias de cuadro activo encefálico tumoral, inflamatorio etc. Se concluyó trazado anormal.
Que la paciente no volvió hasta el 11-6-86; que entre los años 82 y 83, presentó vómitos y el estudio gastronterologíco fue normal.
Que el tratamiento en la Asociación Venezolana para niños con Dificultades de Aprendizaje, es favorable, al dejar manías y se pudo convivir con ella.
- Informe médico de fecha 28-11-2012, emanado del Instituto Médico, Centro de Rehabilitación, suscrito por el doctor Larry Díaz, realizado a la ciudadana CARMEN MARGOT MARTÍNEZ GREZOUX, en cual se arrojó como impresión diagnostica, autismo, epilepsia parcial compleja con o sin generalización secundaria. Destacando que la ciudadana CARMEN MARGOT MARTÍNEZ GREZOUX es totalmente dependiente de su padre y su hermano, recomendando mantener controles clínicos y de laboratorio periódicamente.
En fecha 15 de enero de 2013, se dio por recibida la solicitud y se acordó abrir el procedimiento para la averiguación sumaria y se ordenó librar oficios al Hospital de Salud Ambiental del Este “El Peñón”; así como al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales de la ciudad de Caracas, para que realizaran la evaluación psiquiátrica de la ciudadana CARMEN MARGOT MARTÍNEZ GREZOUX. Se fijó el décimo día de despacho siguiente al auto referido, para que la ciudadana CARMEN MARGOT MARTÍNEZ GRAZOUX, compareciera ante este Tribunal, a los fines de ser interrogada libremente por la Juez del Tribunal. Igualmente se fijó el quinto día de despacho, para que comparecieran ante el Tribunal los ciudadanos BLANCA MARGARITA ROJAS DE MARTÍNEZ, OSCAR RAFAEL MARTÍNEZ ROJAS, ATILIO ENRIQUE MARTÍNEZ ROJAS y REBECA INOCENCIA RIOS GREZOUX, a rendir declaración.
El 31 de enero de 2013, se levantó acta para asentar la entrevista realizada por la Juez del Tribunal a la ciudadana CARMEN MARGOR MARTÍNEZ GREZOUX, quien compareció acompañada de su padre, ciudadano RAFAEL ENRIQUE MARTÍNEZ OCTAVIANO, la cual transcrita es del tenor siguiente:
“La Juez le preguntó como estaba y contestó en un susurro ininteligible, que su padre tradujo como que había contestado que estaba bien. La juez formuló otras preguntas a dicha ciudadana, pero no obtuvo respuesta. Solo le daba la mano nuevamente de la forma indicada anteriormente. Estuvo todo el tiempo moviendo la cabeza de un lado hacia otra, en actitud pasiva, solo miraba a su padre y muy pocas veces a la juez, que le estaba hablando. Seguidamente, y por las facultades legales que tiene la Juez en casos como el presente, acordó habilitar al ciudadano RAFAEL ENRIQUE MARTINEZ OCTAVIANO, antes identificado, para que conteste las preguntas que le formularía, del tenor siguiente: 1) ¿La ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX, habla?. RESPUESTA: Cuando su mamá estaba viva, era con ella que hablaba, le decía cosas como “dame comida”, “quiero salir”, etc., pero luego de la muerte de su mamá hace 16 meses, casi no habla conmigo ni con sus hermanos Rafael, que somos los que vivimos con ella. A veces le preguntamos cualquier cosa, pero no responde preguntas, gracias a Dios que su médico está pendiente de ella también. 2) ¿Cuál es el motivo de su comparecencia en el Despacho?. RESPUESTA: Para traerla a ella porque no puede valerse por sí misma y solicitar también una vez más que su hermano sea nombrado como su Tutor, por cuanto yo soy mayor y quiero que quede bajo la responsabilidad de él, quien ha sido para ella como otro padre y es un muchacho muy responsable, buen hijo y excelente hermano. 3) La ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX sabe leer y escribir?. RESPUESTA: No, ella estuvo varios años en SOVENIA donde le atendían para su recuperación, pero no aprendió a leer ni escribir, dibujaba algunas cosas, pero actualmente no hace nada de eso porque los medicamentos le han limitado los movimientos de las manos. 4) ¿Cuántos hermanos tiene?. RESPUESTA: Solo uno, de nombre Rafael Enrique Martínez Grezoux, que es el que solicitamos que sea su tutor. 5) ¿Que edad tiene el hermano?: RESPUESTA: Tiene 52 años, no está casado ni tiene hijos y trabaja en MOTOLANDIA, ubicada cerca del Centro Comercial San Ignacio. 6) ¿Padece alguna enfermedad? RESPUESTA: Tiene diagnosticado Autismo con retraso, en los documentos de los médicos particulares de ella aparece el grado de autismo y retraso. Aparte de eso, gracias a Dios que es muy sana. 7) ¿Actualmente esta en tratamiento médico? RESPUESTA: Si, toma ZYPREXA, que es la que mantiene a nivel estable y LAMICTAL, que es un anticonvulsivo, porque ella sufrió de ataques de epilepsia. Su hermano y yo nos ocupamos de darle todas las medicinas que le recetan; 8) ¿Qué hace ella normalmente?. RESPUESTA: Está en la casa sentada, oyendo radio, se mueve por los diferentes ambientes del apartamento, come a sus horas y come bien, normalmente se comporta bien y no rompe nada. No se resiste para nada cuando le damos la medicina. Se deja constancia que la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX, no sabe firmar, por lo cual se procederá a colocar sus huellas en la presente acta. La juez consideró suficientemente interrogado al compareciente, en carácter de padre de la ciudadana antes identificada”.
Igualmente en fecha 19 de febrero de 2013, se levantó acta con motivo del interrogatorio realizado por la Juez Titular de este Despacho a la ciudadana BLANCA MARGARITA ROJAS DE MARTÍNEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-2.110.608, el cual se transcribe a continuación:
“PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuál es su nombre y número de Cédula?: RESPONDIÓ: ATILIO ENRIQUE MARTINEZ ROJAS, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.912.218. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuál es su domicilio?: RESPONDIÓ: Calle Ricoa, Residencias Las Cimas II, Urbanización Altos de Monte Rey, Townhouse N°4, La Trinidad, Municipio Baruta, Estado Miranda, TERCERA PREGUNTA: ¿ Cuál es su ocupación o profesión? RESPONDIÓ: Comerciante, distribuidor de materiales eléctricos a nivel nacional, CUARTA PREGUNTA: ¿Cuál es su parentesco con la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX?. RESPONDIÓ: Es mi prima hermana. QUINTA PREGUNTA: ¿Tiene usted conocimiento de que la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX padece alguna enfermedad que la limita para valerse por si misma?. RESPONDIÓ: Si. SEXTA PREGUNTA:¿ Diga usted si considera que la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX, está impedida para desenvolverse normalmente en su vida cotidiana?. RESPONDIÓ: Si está impedidaza para desenvolverse. SÉPTIMA PREGUNTA: Diga usted si la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX, puede valerse por si misma para realizar las actividades básicas que conlleva el día a día. RESPONDIÓ: No puede valerse. OCTAVA PREGUNTA: Diga usted si la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX, necesita del cuidado de otra persona para realizar sus actividades diarias. RESPONDIÓ: por supuesto. NOVENA PREGUNTA: ¿Quien asiste a la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX, a realizar sus actividades diarias?: RESPONDIÓ: Su papá y su hermano. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Quien se encarga de la manutención de la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX?. RESPONDIÓ: Su papá y su hermano. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Puede usted describir algún tipo de actividad social que realice CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX?. RESPONDIÓ: no, ninguna. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Sabe usted cuál es la forma de comunicarse con la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX con otras personas?. RESPONDIO: no, ya que no habla con nadie de su entorno. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Cree usted que el ciudadano RAFAEL ENRIQUE MARTINEZ GREZOUX es apto para ser nombrado como tutor interino de su hermana?. RESPONDIÓ: claro que si.
Fue levantada acta en fecha 19 de febrero de 2013, con motivo del interrogatorio realizado por la Juez Titular de este Despacho al ciudadano ATILIO ENRIQUE MARTÍNEZ ROJAS, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.912.218, el cual se transcribe a continuación:
“PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuál es su nombre y número de Cédula?: RESPONDIÓ: BLANCA MARGARITA ROJAS DE MARTÍNEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-2.110.608. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuál es su domicilio?: RESPONDIÓ: Avenida Boulevard, Residencias Brisas Plaza, Torre A, apartamento 2-2, Urbanización La Bonita, Municipio Baruta, Estado Miranda. TERCERA PREGUNTA: ¿ Cuál es su ocupación o profesión? RESPONDIÓ: Psicóloga. CUARTA PREGUNTA: ¿Cuál es su parentesco con la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX?. RESPONDIÓ: Yo soy tía política, porque mi esposo era hermano del papá de la niña. QUINTA PREGUNTA: ¿Tiene usted conocimiento de que la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX padece alguna enfermedad que la limita para valerse por si misma?. RESPONDIÓ: Por supuesto que claro la conozco desde que nació, se que tiene problemas de autismo severo. SEXTA PREGUNTA:¿ Diga usted si considera que la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX, está impedida para desenvolverse normalmente en su vida cotidiana?. RESPONDIÓ: Totalmente impedida. SÉPTIMA PREGUNTA: Diga usted si la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX, puede valerse por si misma para realizar las actividades básicas que conlleva el día a día. RESPONDIÓ: No, lo único que hace correctamente es ir al baño, está demasiado limitada, come si, pero hay que asistirla, sola no podría estar. OCTAVA PREGUNTA: Diga usted si la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX, necesita del cuidado de otra persona para realizar sus actividades diarias. RESPONDIÓ: Claro que si lo necesita. NOVENA PREGUNTA: ¿Quien asiste a la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX, a realizar sus actividades diarias?: RESPONDIÓ: Su papá y su hermano. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Quien se encarga de la manutención de la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX?. RESPONDIÓ: Su papá. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Puede usted describir algún tipo de actividad social que realice CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX?. RESPONDIÓ: Ella saluda porque la impulsan a hacerlo. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Sabe usted cuál es la forma de comunicarse con la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX con otras personas?. RESPONDIO: Táctil, ella no habla o emitiendo sonidos para llamar la atención. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Cree usted que el ciudadano RAFAEL ENRIQUE MARTINEZ GREZOUX es apto para ser nombrado como tutor interino de su hermana?. RESPONDIÓ: Hasta ahora ha demostrado ser preocupado por su hermana, es trabajador ético y es su único hermano”.
Correspondió también el 19 de febrero de 2013, la declaración del ciudadano OSCAR RAFAEL MARTÍNEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.816.935, y se levantó acta, la cual se transcribe a continuación:
“PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuál es su nombre y número de Cédula?: RESPONDIÓ: OSCAR RAFAEL MARTINEZ ROJAS, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.816.936. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuál es su domicilio?: RESPONDIÓ: Urbanización Los Naranjos de El Cafetal, Edificio Valle Verde, piso 7, apartamento 71, Municipio El Hatillo, Estado Miranda. TERCERA PREGUNTA: ¿ Cuál es su ocupación o profesión? RESPONDIÓ: Comerciante, represento una línea eléctrica. CUARTA PREGUNTA: ¿Cuál es su parentesco con la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX?. RESPONDIÓ: Es mi prima. QUINTA PREGUNTA: ¿Tiene usted conocimiento de que la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX padece alguna enfermedad que la limita para valerse por si misma?. RESPONDIÓ: Si. SEXTA PREGUNTA:¿ Diga usted si considera que la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX, está impedida para desenvolverse normalmente en su vida cotidiana?. RESPONDIÓ: Si está impedidaza para desenvolverse, ella sola no puede, depende de su papá y su hermano. SÉPTIMA PREGUNTA: Diga usted si la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX, puede valerse por si misma para realizar las actividades básicas que conlleva el día a día. RESPONDIÓ: No puede estar sola. OCTAVA PREGUNTA: Diga usted si la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX, necesita del cuidado de otra persona para realizar sus actividades diarias. RESPONDIÓ: Si. NOVENA PREGUNTA: ¿Quien asiste a la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX, a realizar sus actividades diarias?: RESPONDIÓ: Su papá y su hermano. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Quien se encarga de la manutención de la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX?. RESPONDIÓ: Su papá y su hermano. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Puede usted describir algún tipo de actividad social que realice CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX?. RESPONDIÓ: La llevan a veces a la iglesia. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Sabe usted cuál es la forma de comunicarse con la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX con otras personas?. RESPONDIO: A través de afectos y de cariño, porque no habla. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Cree usted que el ciudadano RAFAEL ENRIQUE MARTINEZ GREZOUX es apto para ser nombrado como tutor interino de su hermana?. RESPONDIÓ: Si es el indicado para ello”.
Correspondió también el 19 de febrero de 2013, la declaración testimonial de la ciudadana REBECA INOCENCIA RIOS GREZOUX, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.350.770, por lo que se levantó acta, la cual se transcribe a continuación:
“PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuál es su nombre y número de Cédula?: RESPONDIÓ: REBECA INOCENCIA RIOS GREZOUX, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.350.770. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuál es su domicilio?: RESPONDIÓ: ruta 5ª, Colinas de Santa Mónica, Casa San Marcos, Parroquia San Pedro, Municipio Libertador, Distrito Capital, TERCERA PREGUNTA: ¿ Cuál es su ocupación o profesión? RESPONDIÓ: Director Técnico de Teatro, CUARTA PREGUNTA: ¿Cuál es su parentesco con la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX?. RESPONDIÓ: Es mi prima hermana. QUINTA PREGUNTA: ¿Tiene usted conocimiento de que la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX padece alguna enfermedad que la limita para valerse por si misma?. RESPONDIÓ: Si. SEXTA PREGUNTA:¿ Diga usted si considera que la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX, está impedida para desenvolverse normalmente en su vida cotidiana?. RESPONDIÓ: Lamentablemente si está impedida para desenvolverse. SÉPTIMA PREGUNTA: Diga usted si la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX, puede valerse por si misma para realizar las actividades básicas que conlleva el día a día. RESPONDIÓ: No puede. OCTAVA PREGUNTA: Diga usted si la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX, necesita del cuidado de otra persona para realizar sus actividades diarias. RESPONDIÓ: Si, por supuesto. NOVENA PREGUNTA: ¿Quien asiste a la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX, a realizar sus actividades diarias?: RESPONDIÓ: Su papá y su hermano. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Quien se encarga de la manutención de la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX?. RESPONDIÓ: Su papá y su hermano. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Puede usted describir algún tipo de actividad social que realice CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX?. RESPONDIÓ: no, ninguna. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Sabe usted cuál es la forma de comunicarse con la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX con otras personas?. RESPONDIO: no posee forma de comunicación alguna. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Cree usted que el ciudadano RAFAEL ENRIQUE MARTINEZ GREZOUX es apto para ser nombrado como tutor interino de su hermana?. RESPONDIÓ: claro que si”.
En fecha 22 de marzo de 2013, compareció la abogada ORIALBA LIRA DE MONASTERIOS, en carácter de Fiscal Nonagésima Sexta del Ministerio Público y consignó informe médico psiquiátrico elaborado por el Hospital de Salud Mental del Este El Peñón y del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales.
En el primero de los informes, se dejó constancia que la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX, padece de autismo, retardo mental y epilepsia parcial. Y concluyeron que su capacidad de juicio, raciocinio y discernimiento se encuentran alteradas dada su condición mental, y que no está en condiciones para cuidar de si misma, y que se encuentra incapacitada de forma total y permanente dependiendo absolutamente de su cuidador, recomendando le sea concedida la tutela a un familiar, debiendo continuar bajo control médico y tratamiento farmacológico.
En el segundo informe, el médico psiquiatra concluyó que la ciudadana CARMEN MARGOT MARTÍNEZ GREZOUZ, padece retardo mental moderado, deterioro cognitivo, transtornos del lenguaje propio de su condición y que requiere de cuidados y supervisión por parte de su familia de forma permanente.
En fecha 23 de abril de 2013, se levantó acta con motivo de la declaración testimonial del ciudadano RAFAEL ENRIQUE MARTÍNEZ OCTAVIANO, titular de la Cédula de Identidad N° V-998.911, la cual se transcribe a continuación:
“PRIMERA PREGUNTA: Diga el testigo si la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX puede valerse por si sola para la satisfacción de sus necesidades. RESPONDIÓ: sus necesidades prioritarias, que si ir al baño, bañarse, si eso puede hacerlo. SEGUNDA PREGUNTA: Diga el testigo si esta de acuerdo que la designación del tutor recaiga en la persona del ciudadano RAFAEL ENRIQUE MARTINEZ GREZOUX RESPONDIÓ: Si, por supuesto.
El 15 de mayo de 2013, rindió declaración tstimonial el ciudadano RAFAEL ENRIQUE MARTÍNEZ GREZOUX, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.090.311, por lo que se lvantío acta, la cual se tanscribe a continuación:
. PRIMERA PREGUNTA: Diga el testigo que vinculo lo une a la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX. RESPONDIÓ: Yo soy su hermano. SEGUNDA PREGUNTA: Diga el testigo si la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX puede valerse por si sola para la satisfacción de sus necesidades. RESPONDIÓ: No, por que ella es una persona con incapacidades y siempre necesita ayuda, ella sus necesidades básicas las realiza sola pero necesita ayuda. TERCERA PREGUNTA: Diga el testigo si esta de acuerdo que la designación del tutor recaiga en su persona. RESPONDIÓ: Si. Diga el testigo donde reside habitualmente y si es la misma residencia de la ciudadana CARMEN MARGOT MARTINEZ GREZOUX. RESPONDIÓ: Vivimos en la misma casa”.
Ahora bien, considera este órgano jurisdiccional que las declaraciones y recaudos antes analizados, arrojan datos suficientes para determinar que la ciudadana CARMEN MARGOT MARTÍNEZ GREZOUX, presenta el defecto intelectual habitual aludido en la solicitud presentada, que la hacen incapaz de proveer a sus propios intereses.
En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República decreta la INTERDICCIÓN PROVISIONAL, de la ciudadana CARMEN MARGOR MARTÍNEZ GREZOUX, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.973.957. De conformidad a lo solicitado por su padre, se designa como su TUTOR INTERINO, al ciudadano RAFAEL ENRIQUE MARTÍNEZ GREZOUX, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-6.090.311, hermano de la entredicha, quien deberá acudir ante la Juez del Tribunal a aceptar el cargo y prestar el juramento de ley, al segundo día de despacho siguiente a la constancia en autos de haber sido notificado de su nombramiento, a las nueve de la mañana. Líbrese la respectiva boleta de notificación.
De acuerdo a lo previsto en el referido artículo 734 eiusdem, se ordena seguir el proceso por los trámites del juicio ordinario. Igualmente, se declara que por efecto de haberse decretado la interdicción provisional, la presente causa quedará abierta a pruebas, a partir del día siguiente a la constancia en autos de haber sido notificada la presente decisión a la solicitante.
Publíquese, regístrese y notifíquese. Dada, firmada y sellada a los diez (10) días del mes de junio de dos mil trece (2013), en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
LA JUEZ TITULAR,
______________________________
Abg. ZOBEIDA ROMERO ZARZALEJO.
LA SECRETARIA TITULAR,
_________________________
Abg. VIOLETA RICO CHAYEB.

ZMRZ/VRC/nataly/Exp : AP31-S-2013-000053.