REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
203° Y 154°
Expediente AP31-S-2012-011178
Sentencia Definitiva
SOLICITANTE: JUAN CARLOS ROMERO MADRIGAL, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-11.413.835.
APODERADA JUDICIAL: GLADYS VIVAS venezolana, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 14.146.
MOTIVO: Rectificación de Acta de Nacimiento.
Visto el escrito presentado por la abogada en ejercicio, ciudadana GLADYS VIVAS inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 14.146, apoderada judicial del ciudadano JUAN CARLOS ROMERO MADRIGAL , antes identificado, por medio de la cual solicita la Rectificación del Acta de Nacimiento Nº 344, de fecha 12 de agosto de 1963, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Altagracia Municipio Libertador del Distrito Capital, inserta en el Libro de Nacimientos llevado por ante esa autoridad civil, cursante a las actas, pues, alega la solicitante que se cometió una error involuntario en cuanto al primer nombre de su progenitora trascribiéndose “STELLA”, siendo lo correcto ”STELA”.
Por auto de fecha 13 de diciembre de 2012, el Tribunal dictó auto mediante el cual admitió la solicitud y ordenó notificar al Fiscal del Ministerio Público. Asimismo se ordenó la publicación de un cartel en el diario de mayor circulación, emplazando a cuantas personas puedan ver afectados sus derechos a fin de que hicieran parte en el presente procedimiento. En esa misma fecha se libró cartel de emplazamiento.
En fecha 08 de enero de 2013, compareció la abogada en ejercicio Gladys Vivas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 14.146 y solicitó al Tribunal se corrija error en el cartel de citación.
En fecha 07 de febrero de 2013, compareció la abogada Gladys Vivas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 14.146, retiró cartel de citación.
En fecha 08 de febrero de 2013, compareció la abogada Gladys Vivas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 14.146, consignando la publicación del cartel de emplazamiento.
En fecha 18 de febrero de 2013, mediante nota de secretaria se libró Boleta de Citación al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 27 de febrero de 2013, mediante diligencia compareció el ciudadano MIGUEL VILLA, Alguacil Titular de la Unidad de Coordinación de Alguacilazgo de este circuito sede, consignando Boleta de Citación firmada y sellada por la Fiscalía.
En fecha 28 de febrero de 2013, compareció la Abogada. ASIUL HAITI AGOSTINI PURROY, Fiscal Centésima Octava del Ministerio Público, y nada tiene que objetar en la presente solicitud.
En su carácter de Juez Temporal la Abogada FABIOLA A. DOMINGUEZ RAMÍREZ, se avocó al conocimiento de la presente causa
Para probar lo alegado, el solicitante consignó los siguientes instrumentos:
Original Instrumento Poder, debidamente autenticado por ante la Oficina de Notaria Segunda del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha 14 de agosto de 2012, a favor de la abogada GLADYS VIVAS Y MARTHA EULICES ROJAS venezolanas, inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 14.146 y 15.557, respectivamente, y por constituir el mismo documento público autentico conforme al artículo 1357 del Código Civil, con lo que prevé el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil se le aprecia en todo su alcance probatorio.
Copia certificada de Acta de Nacimiento Nº 344, expedida en el año 1963 por la Unidad de Registro Civil Parroquia Altagracia, Municipio Libertador del Distrito Capital, cursante en autos, correspondiente al ciudadano JUAN CARLOS ROMERO MADRIGAL, donde se desprende claramente lo manifestado por el solicitante, y por constituir dicha acta documento público autentico conforme al artículo 1357 del Código Civil, con lo que prevé el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil se le aprecia en todo su alcance probatorio.
Copia certificada de Datos Filiatorios expedida en el año 2012 por el por el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería, cursante en autos, correspondiente a la ciudadana STELA MADRIGAL, progenitora del solicitante, y por constituir dicha acta documento público autentico conforme al artículo 1357 del Código Civil, con lo que prevé el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil se le aprecia en todo su alcance probatorio.
Copia simple de la cédula de identidad del ciudadano JUAN CARLOS ROMERO MADRIGAL.
Analizadas las pruebas presentadas por el solicitante esta Juzgadora considera suficiente para determinar lo alegado en autos; En consecuencia, este Juzgado Décimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena la Rectificación del Acta de Nacimiento N°. 344 año 1963, inserta en el libro de Registro Civil de Nacimientos, llevado por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Altagracia, Municipio Libertador del Distrito Capital, en cuanto al nombre de la progenitora del solicitante. En consecuencia, donde dice: “STELLA MADRIGAL DE ROMERO”, debe decir” STELA MADRIGAL DE ROMERO”. ASÍ SE DECIDE.
Líbrense los oficios a las autoridades respectivas y anéxese a las mismas copias certificadas de la presente decisión. Líbrense oficio.-
Publíquese, Regístrese Notifíquese y déjese copia.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Tercero de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, 05/06/2013. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL.
ABG. FABIOLA A. DOMINGUEZ RAMIREZ
POR SECRETARIA,
En esta misma fecha siendo las ___________ , se publicó y registró la presente decisión.
POR SECRETARIA,
Exp. AP31-S-2012-011178
MAGC/DM/dmsh
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