REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Séptimo (27) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintisiete (27) de junio de dos mil trece (2013)
203º y 154º

ASUNTO: AP21-L-2012-003954.
PARTE DEMANDANTE: CESAR DAVID LOPEZ RODRIGUEZ.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: MARIA DE LOS ANGELES BARRIOS.
PARTE DEMANDADA: LERIMETAL LATINOAMERI C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: MILITZA GONZALEZ Y OTROS.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

Visto el acuerdo de pago celebrado por las partes en fecha 08 de mayo de 2013, mediante el cual la demandada da cumplimiento voluntario al fallo dictado por el Juzgado Tercero de juicio del Trabajo y confirmado por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo ambos de este Circuito Judicial en fecha 25/01/2013 y 25/04/2013, respectivamente, lo cual se desprende de diligencia consignada a los autos por la apoderada judicial de la parte actora ciudadana Maria de los Angeles Barrios, abogado inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 127.907, por una parte, y por la otra la ciudadana Militza González, abogada inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.215, apoderada judicial de la parte demandada, mediante la cual las partes dejan constancia de haber celebrado un acuerdo de pago en fase de ejecución con el animo de dar por terminado el presente juicio, la representación judicial de la parte demandada le hizo entrega a la representación judicial de la parte actora, de un (1) cheque en original a nombre del extrabajador CESAR DAVID LOPEZ RODRIGUEZ, librado contra la entidad bancaria Banco Bicentenario distinguido con el número 32530504 por la cantidad de VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES (Bs.27.468,00), este Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Ejecución, verificadas como han sido las facultades de la representación judicial de la parte actora y demandada en el presente juicio, y por cuanto se observa que la parte demandada LERIMETAL LATINOAMERI C.A., ha cumplido voluntariamente y de forma integra con la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Juicio del Trabajo y confirmado por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo ambos de este Circuito Judicial en fecha 25/01/2013 y 25/04/2013, respectivamente, le imparte la HOMOLOGACION A DICHO PAGO en los mismos términos expuestos por las partes suficientemente identificadas al inicio, cuyo monto fue por VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES (Bs.27.468,00), de un monto inicialmente demandado de Bs.58.859,58, de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 19 de la novisima Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, por cuanto consta a los autos el cumplimiento total y absoluto del pago establecido a favor de la parte actora, y no quedando a deber la demandada cantidad alguna a la parte actora, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, se ordenará dar por terminado el presente proceso con respecto a la parte demandante CESAR DAVID LOPEZ RODRIGUEZ. - Así se establece.-

La Juez

Abg. Aura María Trenard


El Secretario (a)

Abog. Claudia Hernández