REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 10 de junio de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: AP01-P-2010-008366
ASUNTO: AP01-P-2010-008366

RESOLUCIÓN

JUEZA: ROSA MARIA MARGIOTTA GOYO.
FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO: PEDRO LOPEZ , Fiscal Centésimo Trigesimo Primero (131) del Área Metropolitana de Caracas
LA VICTIMA: IDENTIDAD OMITIDA
IMPUTADO: EDUARDO GREGORIO FIGUERA ESCALANTE
DEFENSA PRIVADA: EVERLIN DE LA CRUZ
SECRETARIA: NALLIVE COLMENARES.

Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas de Violencia Contra la Mujer del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas impartiendo justicia en nombre de la República y por la autoridad de la ley resuelve, PRIMERO: Decretar el SOBRESEIMIENTO DEL PROCESO PENAL, seguida contra el ciudadano EDUARDO GREGORIO FIGUERA ESCALANTE con fundamento en los artículos 46 y 49 numeral 7 y 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Como consecuencia, la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL seguida en contra del ciudadano EDUARDO GREGORIO FIGUERA ESCALANTE titular de la cédula de identidad N° V.-13.482.176. TERCERO: CESE de las medidas cautelares impuestas al acusado, previstas en el artículo 242 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en las presentaciones periódicas una vez al mes. CUARTO: Se acuerda librar oficio al Servicio de Información Policial “SIPOL” a fin de la exclusión de los registros que pudiera presentar el ciudadano EDUARDO GREGORIO FIGUERA ESCALANTE en relación a la presente causa. Se acuerda expedir copia simple de la presente acta a la defensora pública. Remítase el presente asunto en su oportunidad legal a la oficina de Archivos Judiciales a fin del respectivo archivo y custodia. Concluyó el acto a las 11:00 horas de la mañana. Quedando las partes debidamente notificadas, conforme a lo previsto en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y cúmplase.
LA JUEZA,

ROSA MARIA MARGIOTTA GOYO
La Secretaria,

NALLIVE COLMENARES

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

La Secretaria,

NALLIVE COLMENARES

RMMG/rosamariam.