REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticinco de junio de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: AP51-V-2012-007827
Por recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.), el escrito que antecede, presentado por los ciudadanos SUYIN COROMOTO JIMENEZ FIGUEROA y PEDRO PABLO SANTANA GARCIA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-11.740.340 y V.-6.193.738, respectivamente, asistidos por la Abg. DORYS LEONOR IBAÑES DE PEREZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 142.327, en la cual peticionan en su condición de padres del niño SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de once (11) años de edad, que se suspenda la medida de Prohibición de Salida del País, que pesa sobre su hijo, ya que realiza actividades deportivas, destacándose en la natación en diferentes etapas: Escolares, Nacionales, Municipales, Regionales, etc.; teniendo altas probabilidades en representar al país en esa disciplina. Peticionando así, se permita la salida y transito dentro y fuera de las fronteras, sin impedimento alguno, motivos estos por lo cual, esta Juez del Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, LEVANTA la Medida de Prohibición de Salida del País, decretada por la extinta Sala de Juicio XI en fecha 21/02/2002, la cual recayó sobre el niño SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, (Hoy de once (11) años de edad), en consecuencia, se acuerda oficiar lo conducente al Director del Servicio Administrativo de Identificación y Extranjería (SAIME). Líbrense oficio. Cúmplase.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
ABG. DANIA RAMIREZ C
ABG. ROBSY RIVAS
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