REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA, CON SEDE EN CALABOZO




JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO GUÀRICO, CALABOZO. DIECINUEVE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL TRECE. (19/06/2.013). AÑOS: 203 DE LA INDEPENDENCIA Y 154° DE LA FEDERACIÓN.

De la revisión de las actas procesales y especialmente del contenido del acta de Inspección Judicial realizada en fecha 14/06/2013 (folio 53, pieza Nº 2) esta Instancia Agraria advierte que no se halla precisado el lugar de ubicación de los implementos agrícolas, objeto de la pretensión, lo cual necesariamente debe verificarse previamente a la celebración de la Audiencia Probatoria, en razón de lo cual se acuerda diferir la misma hasta tanto la parte demandante indique el sitio donde se encuentren los bienes muebles, cuya garantía se demanda, en los términos señalados en el presente auto.
La Jueza Provisorio,

Xiomara Méndez Ramírez
La Secretaria,

Maribel Caro





Exp 150-11
XMR/MC/rm