REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veintiséis (26) de junio de dos mil trece (2013)
203º y 154º
Vista la diligencia de la abogada Lisett Josefina VERA BELISARIO (INPREABOGADO Nº 158.124) actuando como apodera judicial del Instituto Autónomo de la Vivienda del estado Guárico (IAVEG) consignada en fecha 21 de junio de 2013 por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Juzgado Superior mediante la cual expuso “consigno en este acto dos (2) vauchers de cheques, librado a favor del ciudadano: EDIS JOSEFINA LEON con lo cual se cancela lo ordenado pagar mediante Sentencia de fecha 31 de enero del 2007, dando cumplimiento total a dicho fallo” (sic), en la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana EDIS JOSEFINA LEON HINAGAS contra la INSTITUTO AUTÓNOMO DE LA VIVIENDA DEL ESTADO GUÁRICO (IAVEG). Este Tribunal, ordena notificar a la parte querellante, a los fines de que exponga dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a partir que conste en autos su notificación, lo que a bien tenga decir. Líbrese boleta.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2003-000008
RADZ/RJRF/mpgn