REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintisiete (27) de junio de dos mil trece (2013)
203º y 154º

De una revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua) en fecha 26 de marzo de 2008 dictó sentencia declarando LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana OMAIRA MERCEDES DELGADO, contra la ZONA EDUCATIVA DEL ESTADO GUÁRICO, se advierte además que este Juzgado Superior por auto de fecha 22 de octubre de 2012 ordenó en acatamiento a dicho fallo notificar a la parte recurrente. No quedando alguna otra actuación por realizar, este Órgano Jurisdiccional declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (01) pieza contentiva de noventa y cuatro (94) folios, incluido este auto.

El Juez,




Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA



El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN



Exp. Nº JE41-G-2002-000029
RADZ/RJRF/mpgn