REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintiocho (28) de junio de dos mil trece (2013)
203º y 154º


Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente se advierte que en fecha 22 de octubre de 2012 este Juzgado ordenó librar boleta de notificación a la abogada Aracelis PIÑERO PEREIRA actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JOSÉ TOMAS CAMPOS a los fines, de que manifestara a este Tribunal su interés en la continuación del procedimiento y en fecha 08 de abril de 2013 el ciudadano César Martínez, Alguacil adscrito al Circuito Judicial de los Juzgados de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas expuso: “…me entreviste con la ciudadana Lisbeth Medina, quien me informó que la ciudadana Aracelis Piñero Pereira, no pertenece a esa oficina y además me informó que hay funciona una oficina de mantenimiento de ascensores desde hace (05) años…”. En virtud de lo cual en fecha 10 de mayo del mismo año se ordenó notificar al mencionado ciudadano por la cartelera de este Juzgado.
Ahora bien, vista la decisión dictada en fecha 27 de junio de 2013 mediante la cual se declaró la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA SOBREVENIDA DEL INTERÉS PROCESAL en la presente querella funcionarial, este Órgano Jurisdiccional ordenó notificar al querellante, y por cuanto el domicilio procesal del referido ciudadano ya no corresponde como se dijo supra, se ordena notificarlo nuevamente a través de la publicación de la respectiva boleta en la cartelera de este Juzgado.
El Juez,

Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,

Abog. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2000-000015
RADZ/RJRF/ggpr