REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintiocho (28) de junio de dos mil trece (2013)
203º y 154º

Vista la decisión dictada en fecha 16 de abril de 2013 por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, mediante la cual declaró FIRME la sentenciada dictada en fecha 6 de diciembre de 2011 por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la QUERELLA FUNCIONARIAL interpuesta por la ciudadana EUNICE CAROLINA MOTA contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LAS MERCEDES DEL LLANO DEL ESTADO GUÁRICO, este Órgano Jurisdiccional de conformidad con lo establecido en el artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal ordena librar oficio al Síndico Procurador del aludido municipio. Líbrese boleta a la parte querellante. Cúmplase con lo ordenado.
El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA

El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN




Exp. Nº JE41-G-2010-000099
RADZ/RJRF/eryh