REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, cuatro (04) de junio de dos mil trece (2013)
203º y 154º
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en fecha 03 de octubre de 2011 dictó sentencia en la presente causa, mediante la cual declaró HOMOLOGADO el convenimiento efectuado en la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano WILLIAM JOSÉ DÍAZ SÁNCHEZ (cédula de identidad Nº 16.074.688) contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO.
Ahora bien, por cuanto no queda alguna otra actuación por realizar en este asunto, se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del expediente conformado por una (1) pieza contentiva de ciento cuarenta y cinco (145) folios incluido este auto.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2010-000029
RADZ/RJRF/eryh