REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, cinco (05) de junio de dos mil trece (2013)
203º y 154º
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que este Juzgado Superior, en fecha 25 de febrero de 2013 dictó sentencia declarando INADMISIBLE el presente recurso, las partes no ejercieron recurso de apelación y el aludido fallo se encuentra definitivamente firme, en la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano LUIS OSWALDO HERNÁNDEZ contra la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA. No quedando alguna otra actuación por realizar este Órgano Jurisdiccional declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (1) pieza contentiva de setenta y tres (63) folios, incluido este auto.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JP41-G-2013-000011
RADZ/RJRF/ mpgn