REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Guárico
Corte de Apelaciones
San Juan de los Morros, 4 de Junio de 2013
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : JP01-X-2012-000093
ASUNTO : JG01-X-2013-000034
Nº 13.-
MOTIVO: ADMISIBILIDAD DE LA INHIBICIÓN

JUEZ INHIBIDO: ABG. MERLY RUTH VELÁSQUEZ DE CANELÓN
JUEZ SUPERIOR DE LA CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO GUÁRICO

PONENTE: ABG. LESBIA NAIRIBES LUZARDO HERNÁNDEZ

Vista la inhibición de fecha 22 de Mayo de 2013; suscrita por el ABG. MERLY RUTH VELÁSQUEZ DE CANELÓN, en su condición de Jueza Superior de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en el asunto penal Nº JP01-X-2012-000093, llevada por esta Corte de Apelación; bajo la causal prevista en el artículo 89 numeral 7, en relación con el artículo 90 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia esta Corte de Apelaciones, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE la presente inhibición de conformidad con lo estatuido en el artículo 99 de la ley penal adjetiva. Y así se decide. Publíquese. Cúmplase.-

LA JUEZA


ABG. LESBIA NAIRIBES LUZARDO HERNÁNDEZ

LA SECRETARIA


ABG. MARIA ARMAS

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.

LA SECRETARIA,


ABG. MARIA ARMAS