REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.-
Tucupido10 de Junio de 2.013
200° Y 151°
El Tribunal en virtud de la proposición de Obligación de Manutención realizada ante este despacho por el ciudadano: ALEXANDER ANTONIO AULAR CONTRERAS, parte demandada y la aceptación de la misma por parte de la ciudadana: INGRID DEL CARMEN LEAL HERRERA, en beneficio de su hijo XXXXXXXXXXXXX, donde se estableció la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES ( Bs. 200,00) semanal, que hace un total de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,00) mensual, así como también el obligado se compromete a depositar, medico y medicinas cuando el caso lo amerite; època escolar y decembrina, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, lo da por consumado e imparte su Homologación en todas y cada una de sus partes, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. El Tribunal acuerda oficiar al Gerente del Banco Banfoandes, a fin de que la madre del niño, INGRID DEL CARMEN LEAL HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº V-19.702.765, aperture cuenta de ahorro a su nombre y en beneficio de su hijo, la cual será movilizada por ella sin la previa autorización de esta Instancia Judicial, dado el Interés Superior de Niños, Niñas y Adolescentes consagrado en el Articulo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.- Provéase lo conducente.-
El Juez Provisorio;

Abg. Vicente Ramón Vivas Briceño.
La Secretaria;

Abg. Dayris Arvelàez Ramos.

Exp. Nº 1383-13
VRVB/Dayris