REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIO, MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AREA METROPLITANA DE CARACAS.
Caracas, 22 de marzo de 2013
AP21-S-2013-00641
Visto el escrito que antecede de fecha 19 de marzo de 2013 suscrito por el ciudadano OSCAR HERNANDEZ RIVAS, en su carácter de Unico y Universal heredero de la parte oferida Ciudadano (EDGAR HERNANDEZ) debidamente asistido por el abogado en ejercicio EDWAR ZERPA y la sociedad mercantil ZAGO MAQUINARIAS C.A. representada en este acto por su apoderada judicial, abogado en ejercicio RAMON CHACIN; este Tribunal de una revisión minuciosa del escrito en referencia, observa que no fueron vulnerados normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajar, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores en concordancia con los artículos 9 y 10 de su reglamento; por lo que este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES en los términos expuestos.
La Juez
Abg. Neyireé Toledo
La Secretaria
Abg. Lisbeth Montes
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