REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, catorce (14) de marzo de dos mil trece (2013)
202º y 154º

De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), en fecha 20 de enero de 2003 dictó sentencia en la presente causa mediante la cual, declaró CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana AYARIS COROMOTO SOSA NIEVES (cédula de identidad Nº 11.147.773) asistida de abogado contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO. Por auto de fecha 11 de octubre de 2012 este juzgado ordenó oficiar a la Procuradora General del Estado Guárico a los fines de que informará si se dio el cumplimiento a lo mismo, información que fue recibida a través de oficio Nº 121-2013 de fecha 06 de marzo del presente año donde se le informó sobre el cumplimiento total de lo ordenado en la referida sentencia.
Por tanto, advierte este Juzgado que no existen actuaciones pendientes por realizar, en consecuencia se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (01) pieza principal contentiva de ciento setenta y seis (166) folios, incluido el presente auto y pieza de antecedentes administrativos de ciento quince (115) folios útiles.
El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN



Exp. Nº JE41-G-2002-000012
RADZ/RJRF/yego