REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, catorce (14) de marzo de dos mil trece (2013)
202º y 154º

Vistas las diligencias de fecha 27 de febrero y 13 de marzo de 2013, mediante la cual la abogada Zenia CÁCERES (INPREABOGADO Nº 57.316), actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana IRCIA MERADRI MILANO RODRÍGUEZ (cédula de identidad Nº 4.678.438), ejerció y ratificó Recurso de Apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, estado Aragua (hoy, Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), en fecha 15 de octubre de 2008 la cual declaró INADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO DEL ESTADO GUÁRICO, este Tribunal OYE LA APELACIÓN EN AMBOS EFECTOS y ordena la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo como órgano ad quem según lo previsto en el artículo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. Remítase el Expediente.
El Juez,


ABG. RAFAEL ANTONIO DELCE ZABALA


El Secretario,


ABG. RENÉ DEL JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. JE41-G-2007-000067
RADZ/RJRF/ggpr