REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, catorce (14) de marzo de dos mil trece (2013)
202º y 154º


De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que la Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), en fecha 06 de abril de 2011 dictó sentencia en la presente causa mediante la cual, declaró SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial, fallo que fue confirmado por la Corte Segunda de lo Contencioso en fecha 09 de agosto del 2012, interpuesto por la ciudadana FLOR MARIA ESPINOZA HURTADO (cédula de identidad Nº 4.390.092) asistida de abogado contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO,
Por tanto, advierte este Juzgado que no existen actuaciones pendientes por realizar, en consecuencia se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (01) pieza principal contentiva de trescientos ochenta y uno (381) folios, incluido el presente auto y cuaderno separado de ciento ochenta y siete (187) folios útiles.
El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN


Exp. Nº JP41-G-2013-000014
RADZ/RJRF/yego