REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veinticinco (25) de marzo de dos mil trece (2013)
202º y 154º

De la revisión de las actas que conforman el expediente, se observa que el entonces Juzgado Superior en lo Civil, Bienes y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo De la Circunscripción Judicial del Estado Aragua), mediante auto de fecha 23 de marzo de 2010 declaró INADMISIBLE, decisión que fue confirmada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo en fecha 21 de mayo de 2012, en la presente causa, interpuesta por la ciudadana JENNIFER ARREAZA contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SAN GERÓNIMO DE GUAYABAL DEL ESTADO GUÁRICO.
No quedando alguna otra actuación por realizar este Órgano Jurisdiccional declara TERMINADA la causa, y ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (1) pieza contentivo de ciento cuarenta y ocho (148) folios, incluido este auto.

El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA



El Secretario,


Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN




Exp. Nº JE41-G-2009-000128
RADZ/RJRF/mpgn