REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Noveno (19º) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 15 de mayo de dos mil trece (2013)
202º y 154º

ASUNTO: AP21-S-2013-001113


Visto el anterior escrito de transacción, suscrita por el abogado JUAN CARLOS PRINCE, IPSA Nº 57.053, en su carácter de apoderado Judicial de GRUNENTHAL VENEZOLANA FARMACEUTICA, parte oferente, en el presente proceso, y el ciudadano, ROMMEL CAMERO ALVAREZ, titular de la cedula de identidad N° 12.763.380, debidamente asistida en este acto por el abogado: MARISOL DA VARGEM, IPSA 109.971, mediante el cual celebran Transacción a los fines de dar por terminado el presente asunto, y en tal sentido, consignan copias simple de dos (02) cheque de Gerencia identificados el primero (1) con el N° 00085466 emitido del BANCO VENEZOLANO DE CREDITO, por la cantidad de TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS BOLIVARES CON SESENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 34.552,66), por concepto de Fideicomiso, el segundo (2) cheque con el Nº 00048079, emitido del BANCO VENEZOLANO DE CREDITO, por la cantidad de CIENTO SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS ONCE CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (177.552,66), por concepto de beneficios laborales, lo que alcanza la totalidad de la suma transada entre las partes de BOLIVARES DOSCIENTOS ONCE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLIVARES CON TREINTA CENTIMOS (211.864,30).

En consecuencia, este Juzgado, en virtud que la Transacción celebrada no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y las Trabajadoras y artículos 10 y 11 del Reglamento de dicha Ley, le imparte su le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, por la cantidad de BOLIVARES DOSCIENTOS ONCE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLIVARES CON TREINTA CENTIMOS (211.864,30), y las partes llegaron a un acuerdo transaccional por la misma cantidad, de igual manera se deja constancia que la presente transacción fue homologada en fase de Sustanciación.-

De igual manera, se deja constancia que se dejará correr un lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha, a los fines de dar por Terminado el presente asunto y ordenar su Archivo definitivo. CÚMPLASE

La Juez

El Secretario
Abg. Jhacnini Torres

Abg. Orlando Reinoso