En el día de hoy, trece (13) de mayo de dos mil trece (2013) siendo las una (1:00 p.m.,) de la tarde, se trasladó y se constituyó el Juez Titular del Juzgado Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Abogado CARLOS MARTINEZ PERAZA y su secretaria Abogado ROSA VIRGINIA VILLAMIZAR, en compañía de la apoderada de la parte actora Abogado MERCEDES ESCOBAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.433 en la siguiente dirección: Registro Mercantil IV, ubicado en la Torre Seniat Mezzanina uno de esta ciudad de Caracas, a fin de practicar la Embargo Ejecutivo ordenada por el JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo de la demanda de OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN incoada por el ciudadano JEAN FREDERIC LAORDEN FICHOT, titular de la cédula de identidad N° 12.400.765 (parte actora reconvenida) contra la ciudadana NEIDA ZULAY SALCEDO DURAN, titular de la cédula de identidad N° 10.164.668 (parte demandada reconviniente), y que sustancia en el expediente N° AP51-V-2011-005040, nomenclatura de ese juzgado y con el N° 13-3102, nomenclatura interna llevada por este juzgado comisionado. Seguidamente la apoderada de la parte actora expone: “ Solicito al Juez ejecutor, designe depositario Judicial, es todo.” Acto seguido el Juez Ejecutor, visto el pedimento realizado por la apoderada de la parte actora, designa depositaria Judicial a la Sociedad Mercantil la Consolidada C.A., representada por el ciudadano Argenis Rivas, titular de la cédula de identidad N° 4.081.609, quien estando presente acepto el cargo y prestó el juramento de ley. Presentes en el lugar, señalado por la apoderada de la parte actora, el Juez procede a notificar de la misión del Tribunal a un ciudadano que se identifico como SAUL CALDERON, mayor de edad y titular de las cédula de identidad Nros. V-3.991.578, En este estado la apoderada de la parte actora expone: Señalo para ser embargado ejecutivamente Setecientas cincuenta (750) acciones del RESTAURANTE DE LA ORDEN C.A., es todo” Seguidamente el notificado suministra el expediente distinguido con el Nº 65.689, de RESTAURANT DE LA ORDEN C.A., anotado bajo el Nº 34 tomo A-15 de fecha 04-04-2003, donde se verifico que efectivamente la referida empresa posee las acciones señaladas las cuales tienen un valor nominal de un bolívar cada una . El Juez Ejecutor, visto el señalamiento realizado por la apoderada de la parte actora, así como la información obtenida del registro declara ejecutivamente embargados las setecientas cincuenta (750) acciones las cuales tienen un valor nominal de un bolívar cada una y las coloca en posesión de la Depositaria Judicial designada. Se deja constancia que al notificado se le hizo entrega de copia simple de la presente acta así como del mandamiento de ejecución a fin que realice el trámite respectivo. Es todo, terminò, se leyò y conformes firman, siendo las 1:30 p.m.,
EL JUEZ TITULAR,


ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA

LA APODERADA DE LA PATE ACTORA
EL NOTIFICADO


EL DEPOSITARIO
LA SECRETARIA