REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diez (10) de mayo de dos mil trece (2013)
203º y 154º

De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que el entonces Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo De la Circunscripción Judicial del Estado Aragua), en fecha 21 de septiembre de 2006, dictó auto declarando DESISTIDO, el recurso de abstención o carencia, interpuesto por los ciudadanos CARLOS LUÍS LOVERA, RAFAEL ANTONIO BELISARIO, ANA MATILDE OSPINO y ALI HUMBERTO MATUTE, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO ORTÍZ DEL ESTADO GUÁRICO.
No quedando alguna otra actuación por realizar este Órgano Jurisdiccional, declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (01) pieza de antecedentes administrativos constante de ciento treinta y ocho (138) folios útiles, un (01) cuaderno separado constante de ciento treinta y cuatro (134) folios útiles y una (1) pieza principal constante de ciento noventa y tres (193) folios útiles, incluido este auto.

El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA



El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN


Exp. Nº JE41-G-2006-000013
RADZ/RJRF/ mpgn