REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, quince (15) de mayo de dos mil trece (2013)
203º y 154º

Cumplidos los trámites procedimentales establecidos en la Ley del Estatuto de la Función Pública y estando dentro de la oportunidad legal para dictar el dispositivo del fallo en la presente causa, a tenor de lo establecido en el artículo 107 de la referida ley, este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por el ciudadano ARISTIDES RAFAEL BETANCOURT MARTÍNEZ (cédula de identidad Nº V-4.505.439) representado por el abogado José Gregorio MORENO RIVERO (INPREABOGADO Nº 128.837), contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO. El texto íntegro de la sentencia será publicado dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes, a tenor de lo previsto en el artículo 108 eiusdem.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,


Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN



Exp. Nº JE41-G-2009-000046
RADZ/RJRF/gcmm