REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dos (02) de mayo de dos mil trece (2013)
203º y 154º

Vista la decisión dictada en fecha 25 de enero de 2006 por el entonces Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay, Estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), en la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana NANCY LILISBETH LOVERA LUGO (cédula de identidad Nº 9.887.493), asistido por la abogada Esthela Carolina Ortega Velásquez (INPREABOGADO Nº 76.145), contra la CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO GUÁRICO, mediante la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la acción interpuesta, este órgano jurisdiccional ordena oficiar a la Contralora General del estado Guárico, a fin de solicitarle información respecto a la oportunidad y forma de cumplimiento de la aludida decisión. A tales efectos, se le otorga un plazo de diez (10) días de despacho, contados a partir que conste en autos el recibo del oficio. Líbrese oficio.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,



Abg. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN


Exp. Nº JE41-G-2005-000118
RADZ/RJRF/eryh