REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintitrés (23) de mayo de dos mil trece (2013)
203º y 154º

De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que el entonces Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua) en fecha 06 de febrero de 2001 dictó sentencia en la presente causa, mediante la cual declaró CON LUGAR la QUERELLA FUNCIONARIAL interpuesta por el ciudadano LUIS ARMANDO BELLO BARROSO (cédula de identidad Nº 3.949.917) contra la DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DEL ESTADO GUÁRICO.
Ahora bien, por cuanto no queda alguna otra actuación por realizar en este asunto, se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del expediente conformado por una (1) pieza contentiva de ciento cincuenta y cuatro (154) folios incluido este auto.

El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN

Exp. Nº JE41-G-2000-000024
RADZ/RJRF/eryh