REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintitrés (23) de febrero de dos mil trece (2013)
203º y 154º

Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº AP42-R-2012-001472 proveniente de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, mediante oficio Nº CSCA-2013-004791, de fecha 16 de mayo de 2013, contentivo del Recurso de Nulidad interpuesto por el abogado Pablo de la Cruz PARRA ALMAO (INPREABOGADO Nº 43.899), actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil LA LUCHA C.A, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO GUÁRICO. Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por la referida corte en fecha 08 de mayo de 2013, la cual declaró “…1.- QUE ES COMPETENTE para conocer de la apelación interpuesta (…). 2.- SIN LUGAR la apelación interpuesta. 3.- SE CONFIRMA con las precisiones expuestas, el fallo apelado.

Por tanto, Este Órgano Jurisdiccional, ordena darle entrada al presente asunto y registrar su REINGRESO en los Libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA




El Secretario,



Abog. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMIN

Exp. Nº JE41-G-2010-000090
RADZ/RJRF/ggpr