REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSÉ FÉLIX RIBAS

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSÈ FELIX RIBAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
TUCUPIDO, Siete (07) de Mayo de 2013
202° y 153°
SOLICITANTE: CHAFARDETT CARRILLO MAGDELIS CARIDAD, y los coherederos JUANA DE DIOS CARRILLO HERNANDEZ y JUAN CARLOS CHAFARDETT CARRILLO. .
MOTIVO: SOLICITUD DE ÙNICOS Y UNIVERSALES HEDEROS
SOLICITUD: Nº 5.738-13
Visto el escrito que encabezan estas actuaciones mediante el cual la ciudadana: CHAFARDETT CARRILLO MAGDELIS CARIDAD, en representación de los coherederos JUANA DE DIOS CARRILLO HERNANDEZ y JUAN CARLOS CHAFARDETT CARRILLO, solicita sean declarados como ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto CARLOS VICENTE CHAFARDETT VIDAL, quién falleció el día 13 de Febrero de 2013, en la ciudad de Maracay Estado Aragua, cumplida la publicación ordenada y visto los recaudos acompañados, así como la declaración de los testigos ciudadanos MARY CARMEN PADRINO y TONY RAFAEL ORTEGA TABLANTE , donde manifestaron que conocen suficientemente de vista trato y comunicación desde hace varios años a los ciudadanos CHAFARDETT CARRILLO MAGDELIS CARIDAD, y los coherederos JUANA DE DIOS CARRILLO HERNANDEZ y JUAN CARLOS CHAFARDETT CARRILLO; que igualmente conocieron al difunto CARLOS VICENTE CHAFARDETT VIDAL, que les consta que el difunto mencionada, falleció en la ciudad de Maracay Estado Guárico, el día 13 de Febrero de 2013 y que les consta que el difunto no procreó otros hijos sino los mencionados en esta solicitud; que les consta lo antes dicho por conocer suficientemente a la solicitante y co-herederos identificados en la presente solicitud. El Tribunal dejando a salvo los derechos de terceras personas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y de conformidad con lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara conforme a los autos a los ciudadanos CHAFARDETT CARRILLO MAGDELIS CARIDAD, y los coherederos JUANA DE DIOS CARRILLO HERNANDEZ y JUAN CARLOS CHAFARDETT CARRILLO; como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto CARLOS VICENTE CHAFARDETT VIDAL. Déjese constancia en el libro diario y devuélvanse originales las presentes actuaciones conforme a lo solicitado. Déjese constancia en el libro diario y devuélvanse originales las presentes actuaciones conforme a lo solicitado.
El Juez Provisorio;

Abg. Vicente Ramón Vivas Briceño.
La Secretaria;
Abg. Dayris Arvelàez Ramos.

Seguidamente se devuelve constante de ( ) folios útiles.

La Secretaria;

Abg. Dayris Arvelàez Ramos.

VRVB/ Dayris
Sol. Nº 5738-13