REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FÉLIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Tucupido, 08 de Mayo de 2.013.-
203° Y 154°

El Tribunal en virtud de la exposición realizada ante este Despacho por la ciudadana: ISAMAR SIKIU DIAZ CAMPOS, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-19.962.124 donde Desiste del procedimiento en el presente Juicio Nº 1259-12, con motivo de Obligación de Manutención; este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, lo da por consumado e imparte su Homologación en todas y cada una de sus partes, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.-. Se ordena librar oficio a favor del Banco Bicentenario para cancelar cuenta de ahorros signada con el Nº 1750146120061214212. Se acuerda remitir en su oportunidad al Archivo Inactivo.- Provéase lo conducente.-
El Juez Provisorio;

Abg. Vicente Ramón Vivas Briceño
Secretaria;

Abg. Dayris Arvelàez Ramos.

Exp. Nº 1259-12
VRVB/Dayris