REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, SEDE CALABOZO.
203º y 154º
Identificación de las partes
EXPEDIENTE Nº JP61-L-2013-000095
PARTE ACTORA: JOSE ALBERTO PEREZ SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 3.565.929
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
PARTE DEMANDADA: PROSEGUROS, S.A.
APODERADO DE LA DEMANDADA, MARIA TRUELLO inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 61.854
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales
SENTENCIA
En el día hábil de hoy martes doce (12) de Noviembre de 2013 siendo las dos (2:00) horas de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la Instalación de la Prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente Juicio, incoado por el ciudadano JOSE ALBERTO PEREZ SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 3.565.929, contra PROSEGUROS, S.A.; previo el anuncio de Ley se le dio inicio a la misma, compareciendo por ante este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, por la demandada, la abogada MARIA TRUELLO inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 61.854, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada; así mismo, se deja constancia que la parte demandante ciudadano JOSE ALBERTO PEREZ SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 3.565.929, no compareció ni por si ni mediante apoderado judicial alguno, por lo que se declara la presunción de desistimiento del procedimiento, todo ello de conformidad con lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo, terminó, se leyó y estando conformes firman.
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EL JUEZ,
ABG. PABLO CESAR ARISTIMUÑO
LA SECRETARIA,
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