REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL

Caracas, seis (6) de noviembre de dos mil trece (2013)
203º y 154º

Visto que, en fecha 4 de noviembre de 2013, se admitió el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano ROMMEL SALVADOR CALOGERO JIMÉNEZ, titular de la cédula de identidad número V- 10.823.150 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 178.389, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA; este Juzgado, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, acuerda emplazar al DIRECTOR - PRESIDENTE DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, para que proceda a dar contestación al recuso dentro de un lapso de quince (15) días de despacho contados a partir de la fecha de recibo de la presente notificación. Asimismo, se le solicita la remisión de los antecedentes administrativos del caso y el expediente personal del ciudadano ROMMEL SALVADOR CALOGERO JIMÉNEZ, antes identificado, dentro del mismo lapso. Notifíquese a los ciudadanos Síndico Procurador Municipal del Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda y al Alcalde del referido Municipio. Líbrese oficios y anéxese copias certificadas del recurso, de los recaudos que lo acompañan, del auto de admisión y del presente auto.-








DR. ALEJANDRO GÓMEZ
EL JUEZ

ABG. HERLEY PAREDES
LA SECRETARIA

En esta misma fecha, se libró oficios números: 13-1173; 13-1174 y 13-1175, dando cumplimiento a lo ordenado.



ABG. HERLEY PAREDES
LA SECRETARIA
Exp. Nº 07305
AG/HP/Jahc:.