REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, seis (06) de noviembre de dos mil trece (2013), siendo las diez de la mañana (10:00 am), constituido como se encuentra este Juzgado Tercero de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la Juez Caribay Gauna y la Secretaria Dubraska Ibarreto, se traslada a la avenida Sucre de Los Dos Caminos, entre la 8va y 9na Transversal, galpón industrial N° 49, Municipio Sucre del Estado Miranda, en compañía del apoderado judicial de la parte demandada, abogado Francisco Ignacio Cavalieri Mendoza, inscrito en el Instituto de Previsión del abogado bajo el N° 50.009, a los fines de practicar medida de restitución ordenada por el Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en acatamiento a la decisión dictada por el Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio de cumplimiento de contrato de arrendamiento por vencimiento del término y su prórroga legal incoado por la sociedad mercantil Inversiones NGR, C.A. contra el ciudadano Ángel Alejandro Álvarez Trujillo. Una vez en el lugar indicado, se observa que las puertas del inmueble se encuentran cerradas. El apoderado judicial de la parte actora, abogado Francisco Ignacio Cavalieri, expone: “ Propongo a la Juez la designación del ciudadano Martín Lares, quien se encuentra aquí presente, para que funja como cerrajero y proceda a la apertura de la puerta del inmueble. Es todo”. Vista la solicitud efectuada por el abogado Francisco Ignacio Cavalieri, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, la Juez, designa al ciudadano Martín Lares, titular de la cédula de identidad N° 2.457.858, como cerrajero en el presente acto, procede a la juramentación conforme a la Ley y ordena entrar en ejercicio de sus funciones. Aperturadas las puertas del local, se observa que no se encuentra personas en el lugar, en consecuencia, la Juez Ejecutora dando cumplimiento a la misión encomendada procede a la “…RESTITUCIÓN del bien inmueble constituido sobre un inmueble constituido por un galpón industrial, identificado con el N° 49, ubicado en la Avenida Sucre de Los Dos Caminos, entre la 8va y 9na Transversal, Municipio Sucre del Estado Miranda…” y se pone en posesión de la parte demandada Ángel Alejandro Álvarez Trujillo, representada en este por su apoderado judicial, abogado Francisco Ignacio Cavalieri Mendoza quien lo recibe conforme. El Tribunal deja constancia que la práctica de la presente medida, no causó ningún tipo de tasa, aranceles o pago alguno para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de febrero de 2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente. Se concluye el acto y se dispone el retiro del Tribunal. Terminó, le leyó y conformes firman. Siendo las 2:00 pm.
La Juez,
Caribay Gauna
El apoderado judicial de la parte demandada
Abg. Francisco Cavalieri
El cerrajero especial designado
Martín Lares
La Secretaria,
Dubraska Ibarreto.
Exp. 3432-13 (Interno)
Exp. AP31-V-2013-000375 (Tribunal de la causa)
CG/.