REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER CON COMPETENCIA DE REENVIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
Y EN MATERIA DE REENVÍO EN LO PENAL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS


Caracas, 05 de noviembre de 2013
203° y 154°

Ponenta: Otilia D.Caufman
Resolución Judicial N° 430-13
Asunto Nº CA-1664-13-VCM

Analizado el recurso de apelación presentado en fecha 16 de octubre de 2013, por la ciudadana Soraya Salas Martínez, Defensora Pública Séptima con Competencia Especial en Materia contra la Mujer, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Área Metropolitana de Carcas, contar la decisión dictada en fecha 11 de octubre de 2013, mediante el cual el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de esta Circunscripción Judicial y sede, decretó la privación judicial preventiva de libertad de su representado, ciudadano Ángel Encarnación Navarro Pérez, titular de la cedula de identidad N° V-11.210.749, esta Instancia revisora, se pronuncia en los términos siguientes:

DE LA ADMISIBILIDAD

Verificadas las causales de inadmisibilidad establecidas en el artículo 428 literales a. b. y c., del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, se constata la legitimación activa de la recurrenta, la interposición del recurso conforme al computo efectuado por la secretaria del juzgado, anexo al folio 126 del Cuaderno de Apelaciones, se realizó en el lapso establecido en la Sentencia Nº 1268 de fecha 14 de agosto de 2012, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, y se trata de una decisión recurrible conforme lo dispuesto en el artículo 439.4 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal; cumplimiento que conlleva a esta Corte, admitir el recurso de apelación. Y así se decide.-

Cabe resaltar que la representación fiscal no dio contestación al recurso de apelación interpuesto por la defensa.

DISPOSITIVA

Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer y en Materia de Reenvío en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide:

UNICO: Admitir el recurso de apelación presentado por la ciudadana Soraya Salas Martínez, Defensora Pública Séptima con Competencia Especial en Materia contra la Mujer, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Área Metropolitana de Carcas, contar la decisión dictada en fecha 11 de octubre de 2013, mediante el cual el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de esta Circunscripción Judicial y sede, decretó la privación judicial preventiva de libertad de su representado, ciudadano Ángel Encarnación Navarro Pérez, titular de la cedula de identidad N° V-11.210.749,
Regístrese, déjese copia y cúmplase.-
LA JUEZA PRESIDENTA,

ABOGADA RENEE MOROS TROCCOLI



OTILIA D. CAUFMAN
Ponenta

ABOGADA NANCY ARAGOZA ARAGOZA



LA SECRETARIA,

ABOGADA REINABIS MONTERO MOGOLLON

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA,

ABOGADA REINABIS MONTERO MOGOLLON





RMT/OC/NAA/rmm/oc.r
Asunto Nº CA-1664-13-VCM