REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA, CON SEDE EN CALABOZO
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, CALABOZO. VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES (21/11/2.013). AÑOS 203º y 154º.
Siendo la oportunidad legal para fijar la Audiencia Probatoria en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 222 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, destaca que por auto de fecha 10/10/2013 (folio 265 al 266), se admitió prueba de informes, mediante la cual se libró oficio Nº 378-13, a la Coordinación de la Oficina Regional de Tierras del Instituto Nacional de Tierras (INTI) Calabozo, sin que conste sus resultas, en consecuencia, una vez se agregue la referida prueba, se procederá a la fijación del acto procesal correspondiente.
La Jueza Provisorio,
Xiomara Méndez Ramírez La Secretaria Accidental,
Nohemí Carolina León
XMR/MCR/ncl.
Exp. 227-13.