REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, once (11) de noviembre de dos mil trece (2013)
203º y 154º

Revisadas como han sido las actuaciones del presente asunto proveniente del Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, contentivo de QUERELLA FUNCIONARIAL interpuesta por el abogado Pedro Vicente VOLCÁN GÁMEZ (INPREABOGADO Nº 71.173) actuando en su nombre, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, se advierte que en fecha 15 de diciembre de 2006 el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción del estado Aragua) celebró la audiencia definitiva en el presente asunto.
El 28 de mayo de 2012 se inauguró el Juzgado Superior Contencioso Administrativo del estado Guárico con sede en San Juan de los Morros, estado Guárico, quien se abocó por auto del 02 de octubre de 2012 y ordenó, previa notificación de las partes, la reanudación de la causa en el estado en que se encuentra, esto es, en fijar nuevamente la oportunidad para la celebración de la audiencia definitiva.
De la revisión de las actas del expediente se advierte que estando en etapa de sentencia, la causa se encuentra paralizada desde el 18 de mayo de 2007 por tanto, se ordena notificar al querellante a los fines de que manifieste a este Órgano Jurisdiccional su interés en la continuación del procedimiento. A tales efectos se le otorga un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de que conste en autos su notificación y se le advierte que de no producirse respuesta dentro del lapso fijado se declarará la extinción de la acción por pérdida sobrevenida del interés procesal. Líbrese boleta.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,


Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2006-000107
RADZ/RJRF/mpgn