REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, trece (13) de noviembre de dos mil trece (2013)
203º y 154º

Vista la diligencia consignada en fecha 07 de noviembre de 2013 por el abogado Juan Reyes LOZANO (INPREABOGADO Nº 45.387), por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Juzgado Superior mediante la cual expuso: “…En la oportunidad con el objeto de solicitar al ciudadano Juez que como quiera que se han cumplido con todos los lapsos otorgados al Municipio para que cumpla de manera voluntaria con la sentencia, que se traslade y constituya en la sede de la Alcaldía del Municipio Las Mercedes del Llano, Estado Guárico, órgano condenado a cumplir el mandato judicial, a los fines de ejecutar la sentencia en su fase de ejecución forzosa, y en su parte de INCORPORAR A MI REPRESENTADA EN EL CARGO DESEMPEÑANDO HASTA LA ILEGAL DECISION REVOCADA, EN OTRO DE IGUAL JERARQUIA O EN UNO SUPERIOR, TAL COMO MANDA LA SENTENCIA…” (sic).
Se advierte de un análisis de las que conforman el presente expediente que:
En fecha 14 de febrero de 2013 se realizó auto mediante el cual se ordenó oficiar al Síndico Procurador Municipal de la Alcaldía querellada a los fines de que informase respecto a la oportunidad y forma de cumplimiento de la decisión dictada en la presente causa, para lo cual se le otorgó un plazo de treinta (30) días continuos contados a partir de que constase en auto su notificación.
En fecha 14 de mayo de 2013 este Juzgado Superior vista la diligencia consignada por la parte querellante en fecha 13 de mayo de 2013, ordenó oficiar al Alcalde del Municipio las Mercedes del Llano del estado Guárico a los fines de que ejecutase voluntariamente el fallo dictado en la presente causa, para lo cual se le otorgó un lapso de (10) días de despacho contados a partir de que constase en auto su notificación.

En fecha 29 de julio de 2013 este Juzgado Superior vista la diligencia consignada por la parte querellante en fecha 25 de julio de 2013, ordenó oficiar al Alcalde del Municipio las Mercedes del Llano del estado Guárico a los fines de que ejecutase forzosamente el fallo dictado en la presente causa, para lo cual se le otorgó un lapso de (30) días de continuos contados a partir de que constase en auto su notificación.

En virtud de lo anterior, y visto que los lapsos otorgados a la parte querellada para que cumpliese con la sentencia dictada en la presente causa se encuentran vencidos, este Tribunal acuerda lo solicitado por el abogado Juan Reyes LOZANO y fija el traslado para proceder con la ejecución del fallo dictado para el día miércoles 27 de noviembre de 2013.Cúmplase lo ordenado.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,


Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN


Exp. Nº JE41-G-2009-000010
RADZ/RJRF/mpgn