REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veintisiete (27) de noviembre de dos mil trece (2013)
203º y 154º
De una revisión de las actas que conforman el presente expediente se advierte que en fecha 04 de marzo de 2008 el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua) declaró INADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el abogado Juan de Dios ESPINOZA BAPTISTA (INPREABOGADO Nº 16.939) actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RAFAEL ANTONIO MARTÍNEZ ESTEVES (cédula de identidad Nº 2.517.039), contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JULIÁN MELLADO DEL ESTADO GUÁRICO.
En fecha 12 de marzo de 2008 la representación judicial de la parte actora apeló de la referida decisión.
Este Órgano Jurisdiccional en acatamiento a dicho fallo ordena notificar a las partes y se advierte que una vez que conste en auto la última de las notificaciones este Tribunal se pronunciará respecto al recurso de apelación ejercido. Líbrese la boleta y oficios respectivos.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2006-000029
RADZ/RJRF/mpgn